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Bienvenido a la web del Consejo Insular de Aguas de Lanzarote. Dicha web ha sido creada para facilitar la información y el acceso de los ciudadanos a la Administración Hidráulica Insular, estando este Consejo abierto a cualquier sugerencia que se formule al respecto.
Al amparo de la Ley territorial 12/1990, de 26 de Julio, de Aguas (B.O.C. Nº 94 de 27 de julio de 1990), la Comunidad Autónoma de Canarias asume en su plenitud la Ordenación de los recursos y aprovechamientos hidráulicos del Archipiélago, salvo lo dispuesto en aquellos preceptos de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas (actualmente derogada por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas) que le sean de aplicación por definir el dominio público estatal o suponer una modificación o derogación de las disposiciones contenidas en el Código Civil.
Se crea, así mismo, en cada isla, un Consejo Insular de Aguas, como entidad de Derecho Público, con personalidad jurídica propia y plena autonomía funcional, que asume, en régimen de descentralización y participación, la dirección, ordenación, planificación y gestión unitaria de las aguas en los términos de la citada Ley 12/1990.
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